El texto incluye además la posibilidad de que los trabajadores afectados por ERE repongan las prestaciones por desempleo ya utilizadas, con un límite de 120 días, por lo que no sufrirán merma de este derecho si finalmente se extingue su contrato.
Asimismo, se amplían un año más, hasta diciembre de 2010, las bonificaciones del 50% de las cuotas a la Seguridad Social que deben pagar las empresas que tengan autorizados ERE temporales.
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